El 7 de junio cambió la regulación para viajes de corta estancia. Conoce las nuevas condiciones para entrar al país europeo.
NUEVAS MEDIDAS
El pasado 7 de junio, el gobierno de España cambió la regulación para viajes de corta estancia y se permiten con las condiciones reguladas:
No se requiere y no se puede tramitar visado para estancias cortas, viajes de turismo, culturales y de estudios en España de ciudadanos chilenos, colombianos y venezolanos (estancias de menos de 90 días). Lee toda la información en este link.
Desde esa fecha, está en vigor la Nueva orden 657/2020 (disponible aquí).
Los turistas podrán ingresar solamente si están vacunados. Ver condiciones y acreditarlo en https://spth.gob.es/
Para información y consultas sobre viajes a España y restricciones aplicables (personas que pueden viajar, tránsitos, medidas sanitaria, PCR, vacunación, entre otros), deben escribir a la sección correspondiente al correo electrónico cog.schile.info@maec.es.
Toda la información sobre visados Schengen, requisitos y cita previa para nacionalidades que requieren visado, se puede revisar en este link.
La información sobre Tasas está disponible aquí.
El certificado COVID comenzará a regir del 1 de julio para todos los ciudadanos de la Unión Europea. El siguiente link hace referencia a las vacunas autorizadas en Europa: https://ec.europa.eu/info/live-work-travel-eu/coronavirus-response/safe-covid-19-vaccines-europeans/eu-digital-covid-certificate_es
Ante cualquier duda respecto a estas informaciones, recuerda contactar a tu ejecutivo/a de venta de Travel Security.